Requerimiento de información sobre cantidad, horarios y personal de los SAPS”

 

RESOLUCIÓN:

 

“Requerimiento de información sobre cantidad, horarios y personal de los SAPS”

 

VISTO: 

 

Que el Municipio brinda  Atención Primaria de la Salud en  las Salas localizadas en numerosos barrios de la ciudad, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que esos servicios esenciales son uno de los más trascendentes que la Comuna debe prestar, sostener, y mejorar permanentemente.

 

Que los SAPS  son junto con los CAPS , los ámbitos donde los vecinos de los barrios de la Ciudad acuden en primera instancia con el objeto de lograr mejorar su situación de salud,  vacunarse,  atender alguna herida , accidente doméstico, efectuar controles básicos y los diversos padecimientos y molestias que se presentan a las familias.

 

Que esos Centros de Salud permanecen abiertos varias  horas al día,  con el objeto de atender esa demanda.

 

Que si el servicio requerido  no es complejo  debería lograr la atención y contención en ese ámbito primario.

 

Que sólo si la dolencia,  la enfermedad,  o el padecimiento, tienen  otra envergadura,  la persona debería dirigirse a hospitales con mayor complejidad.

 

Que resulta muy importante conocer la estadística que los SAPS han registrado en el último año,  a los fines de evaluar el tipo de servicio que se presta corrientemente, las especialidades que se brindan, las prácticas que allí se llevan adelante,  la cantidad de personas atendidas y los motivos de esas atenciones.

 

Que esa información es precisa para poder generar políticas públicas que colaboren con una mejor atención hacia los vecinos en el primer umbral y más cercano de cada barrio.

 

Que por ello,

 

EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE RESUELVE 

 

ARTÍCULO 1  : SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL que a través de las áreas competentes se proceda a informar cuántos SAPS atienden a la población en este último año,  los horarios de atención , la cantidad de personal  describiendo profesionales, técnicos, enfermeros y personal de apoyo.-

 

ARTÍCULO 2:  Se informe también la cantidad de atenciones a los vecinos brindadas en el último año,  detallando el tipo de servicio que en cada caso se haya realizado.

 

ARTÍCULO 3 : DE  FORMA

 


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