Cumplimiento de la ampliación del transporte público en Barrio Río Paraná

 

RESOLUCIÓN :


VISTO: 

La ordenanza 6587 del 9 de febrero de 2018, y

Considerando: 

Que dicha Ordenanza estableció en su momento  el incremento de la tarifa plana (art 1).

Que además se  estableció en el artículo segundo  diversas mejoras.

Que una de las más sentidas y reclamadas es la extensión del servicio al interior del Barrio Río Paraná hasta la Comisaría.

Qué el reclamo vecinal se sostiene con insistencia pues no se ha cumplido con dicha extensión aún cuando la misma está establecida por la Ordenanza mencionada.

Que corresponde al consejo efectuar el control de gestión del cumplimiento de las ordenanzas municipales conforme artículo 29, inciso 40) de la Carta Orgánica Municipal .

Por ello, 

 EL HONORABLE CONSEJO DELIBERANTE RESUELVE 

Artículo 1 : SOLICITAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a través del área correspondiente se informe sobre el cumplimiento de la extensión del servicio de transporte urbano de pasajeros al Barrio Río Paraná.

ARTÍCULO 2: En caso negativo se informe los motivos del incumplimiento.

Artículo 3 : DE FORMA

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