“Fortalecimiento de la accesibilidad para personas no videntes”
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO:
La Ordenanza N° 5993, sancionada el 17 de octubre de 2013, que establece la
señalización en sistema Braille en calles, avenidas, paradas de transporte
público, taxis y edificios públicos de la Ciudad de Corrientes ;
Y CONSIDERANDO:
Que la mencionada norma constituye una política pública orientada a
garantizar la accesibilidad urbana, promoviendo la autonomía de las personas
con discapacidad visual;
Que la implementación de señalética en sistema Braille representa una
herramienta fundamental para eliminar barreras físicas y comunicacionales en el
espacio público, favoreciendo la inclusión social;
Que existen antecedentes de iniciativas y acciones vinculadas a la
aplicación de esta ordenanza, evidenciando la importancia de su puesta en
funcionamiento efectivo ;
Que, no obstante el tiempo transcurrido desde su sanción, resulta necesario
verificar si el Departamento Ejecutivo Municipal ha dictado la reglamentación
correspondiente, condición indispensable para su plena operatividad;
Que la falta de reglamentación puede implicar una limitación en la
ejecución de políticas públicas vinculadas a la accesibilidad;
Que es atribución del Honorable Concejo Deliberante requerir informes al
Departamento Ejecutivo Municipal a fin de ejercer el debido control de gestión;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE CORRIENTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área
competente, informe a este Honorable Concejo Deliberante:
a) Si se ha dictado la reglamentación de la Ordenanza N° 5993;
b) Qué acciones concretas se han desarrollado en cumplimiento de la citada
ordenanza;
c) Si existe un plan de implementación progresiva, indicando etapas, plazos y
sectores alcanzados;
ARTÍCULO 2°: DE FORMA.



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