“Fortalecimiento de la accesibilidad para personas no videntes”


 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

VISTO:

La Ordenanza N° 5993, sancionada el 17 de octubre de 2013, que establece la señalización en sistema Braille en calles, avenidas, paradas de transporte público, taxis y edificios públicos de la Ciudad de Corrientes ;

Y CONSIDERANDO:

Que la mencionada norma constituye una política pública orientada a garantizar la accesibilidad urbana, promoviendo la autonomía de las personas con discapacidad visual;

Que la implementación de señalética en sistema Braille representa una herramienta fundamental para eliminar barreras físicas y comunicacionales en el espacio público, favoreciendo la inclusión social;

Que existen antecedentes de iniciativas y acciones vinculadas a la aplicación de esta ordenanza, evidenciando la importancia de su puesta en funcionamiento efectivo ;

Que, no obstante el tiempo transcurrido desde su sanción, resulta necesario verificar si el Departamento Ejecutivo Municipal ha dictado la reglamentación correspondiente, condición indispensable para su plena operatividad;

Que la falta de reglamentación puede implicar una limitación en la ejecución de políticas públicas vinculadas a la accesibilidad;

Que es atribución del Honorable Concejo Deliberante requerir informes al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de ejercer el debido control de gestión;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE CORRIENTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área competente, informe a este Honorable Concejo Deliberante:

a) Si se ha dictado la reglamentación de la Ordenanza N° 5993;
b) Qué acciones concretas se han desarrollado en cumplimiento de la citada ordenanza;
c) Si existe un plan de implementación progresiva, indicando etapas, plazos y sectores alcanzados;

ARTÍCULO 2°: DE FORMA.

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